Entrada en Vigor nuevo sistema de cotización para los autónomos

A partir del 1 de enero entra en vigor el nuevo sistema de cotización para los trabajadores autónomos.

¿En qué consiste la reforma?

Se aplicará la cotización en función de los rendimientos netos anuales obtenidos en el ejercicio de sus actividades económicas, empresariales o profesionales (la diferencia entre ingresos y gastos deducibles).

Tramos y Cuotas

Serán 15 tramos con diferentes cuotas que irán variando a lo largo de los 9 años de aplicación. De momento, es de 2023 a 2025 y para su primer año estable, cuota de 230 a 500 € para los autónomos en función de sus rendimientos netos. Hay una cuota mínima de 230€/mes en 2023, 64€ menos que la mínima actual de 294.

tabla cotizacion autonomos

Aquellos con un resultado neto mensual de hasta 1300€/mes notarán una bajada el próximo año con respecto al pago actual, y los que estén entre 1.300 y 1.700 € se mantendrán en la misma situación hasta 2025.

Los incrementos de las cuotas serán mayores para quienes más ingresen. Así una trabajador/a autónomo cuyo resultado neto mensual se encuentre entre 3.620 y 4.050 € pagará 390 € en 2023, una cantidad que subirá a 400 € en 2024 y a 490 € en 2025. En total, un aumento de 100 €.

Ventajas para las nuevas altas como trabajador/a autónomo

Se mantiene una cuota reducida de 80€/mes durante 12 meses. Podrá llegar a 12 meses más si sus rendimientos del primer año se encuentran por debajo del SMI. Para el resto, será la cuota de su tramo de cotización según sus rendimientos netos.

Elección de Bases de Cotización

A partir de 2023, cada trabajador/a autónomo/a se tendrá que situar en un tramo según sus previsiones y en función del histórico de su actividad.

Cuando la AEAT cierre sus datos del año, se ajustará la cotización a la Seguridad Social según los rendimientos netos reales. Si se ha pagado menos de lo que se debería, se deberá abonar la diferencia. Si por el contrario se abona por encima, la admón. procederá a la devolución de la parte correspondiente.

1 de marzo 2023 Si la solicitud se formula entre el 1 de enero y el último día natural del mes de febrero
1 de mayo 2023 Si la solicitud se formula entre el 1 de marzo y el 30 de abril
1 de julio 2023 Si la solicitud se formula entre el 1 de mayo y el 30 de junio.
1 de septiembre 2023 Si la solicitud se formula entre el 1 de julio y el 31 de agosto
1 de noviembre 2023 Si la solicitud se formula entre el 1 de septiembre y el 31 de octubre
1 de enero 2024 Si la solicitud se formula entre el 1 de noviembre y el 31 de diciembre

Autónomos mayores de 47 años

Con este RDL queda fuera la limitación de cotización para los trabajadores autónomos de 47 años que venía condicionando la subida de sus cotizaciones al final de su vida laboral. Todos los autónomos, independientemente de su edad, tendrán que cotizar en base a sus rendimientos netos (con la excepción indicada previamente de las nuevas altas).

Mecanismo Red- Prestación para la sostenibilidad de la actividad

Si se activara el mecanismo RED sectorial, se deberá demostrar una pérdida del 50% de ingresos (con trabajadores) o del 75% (sin trabajadores); ingresos no superiores al SMI; que el 75% de la plantilla este afectada y debe contarse con un proyecto de recualificación. En este caso, se recibirá un pago único del 70% de la Base Reguladora y del 50% de la cotización.